Contabilidad mensual para personas físicas, sin perseguir fechas

Cada mes revisamos tus facturas emitidas y recibidas, calculamos ISR e IVA, presentamos tu declaración antes del día 17 y te enviamos el acuse con un resumen que se entiende sin ser contador.

Qué incluye

Tus declaraciones del mes, presentadas a tiempo y explicadas en claro.

  • Descarga y revisión de tus CFDI emitidos y recibidos desde el SAT
  • Cálculo de pagos provisionales de ISR y pago definitivo de IVA
  • Presentación de la declaración mensual y entrega del acuse
  • Línea de captura lista para pagar y recordatorio antes del vencimiento
  • Contabilidad electrónica cuando tu régimen la exige
  • Resumen mensual: ingresos, gastos deducibles e impuestos pagados

Qué hacemos cada mes

La contabilidad de una persona física se resume en tres preguntas: cuánto cobraste, cuánto de lo que gastaste es deducible y cuánto impuesto resulta. Nosotros respondemos las tres con tus facturas reales, descargadas directamente del SAT, para que no dependa de que tú nos mandes todo.

Las declaraciones mensuales de ISR e IVA vencen el día 17 del mes siguiente. Trabajamos con un calendario interno que cierra tu mes con días de margen: si hay que pedir una factura que falta o corregir un dato, hay tiempo.

Lo que recibes

  • El acuse de recibo de cada declaración presentada.
  • La línea de captura si hay impuesto a pagar, con la fecha límite.
  • Un resumen en lenguaje claro: qué ingresos se consideraron, qué gastos se dedujeron y cuáles no (y por qué).

Por qué importa hacerlo bien cada mes

Una declaración mensual omitida o mal presentada puede derivar en multas, recargos y una opinión de cumplimiento negativa, que a su vez te impide facturar a ciertos clientes o participar en licitaciones. Llevarla bien cada mes también hace que tu declaración anual salga en minutos y sin sorpresas.

Si tus ingresos son menores a 3.5 millones de pesos al año, revisa si te conviene el RESICO: muchas personas físicas pagan bastante menos con ese régimen.

Casos de contabilidad mensual

1.1 %tasa de ISR mensual tras el cambio

De honorarios a RESICO: menos ISR con el mismo ingreso

Diseñadora independiente que factura a agenciasCuauhtémoc, CDMX

Con ingresos y gastos similares, su ISR pasó a calcularse con la tasa de 1.1 % sobre lo cobrado, sin dejar de cumplir ninguna obligación.

Sin requerimientosituación resuelta en la etapa de invitación

Carta invitación atendida antes de convertirse en requerimiento

Consultora de recursos humanos con ingresos por depósitosToluca, Estado de México

Pagó solo lo que correspondía a ingresos reales, evitó un requerimiento formal y hoy factura todo lo que cobra.

Casos representativos: describen situaciones frecuentes de personas físicas y cómo las resolvemos. Las cifras son ilustrativas y se calcularon con las reglas fiscales vigentes; tu resultado depende de tus números.

Preguntas sobre contabilidad mensual

Todas las preguntas
¿Cómo funciona el servicio si no voy a una oficina?

Todo se hace en línea. Te pedimos tu RFC y tu contraseña del SAT (o tu e.firma para trámites que la requieren), descargamos tus facturas directamente del portal, calculamos tus impuestos y te enviamos el acuse y la línea de captura por correo y WhatsApp. Las dudas se resuelven por WhatsApp, llamada o videollamada.

¿Cuánto cuesta el servicio de contabilidad?

Depende de tu régimen, de cuántas facturas emites y recibes al mes y de si tienes pendientes con el SAT. Por eso cotizamos en lugar de publicar un precio único: llena el cotizador en dos minutos y te enviamos una propuesta con precio fijo mensual, sin cobros sorpresa.

¿Es seguro compartir mi contraseña del SAT?

Es la práctica habitual con un contador, y la contraseña solo permite consultar y presentar declaraciones. Nunca te pediremos tu e.firma para operaciones que no la requieran, y cuando la usamos es para un trámite específico que te explicamos antes. Tus datos se tratan conforme a nuestro aviso de privacidad. Si dejas de trabajar con nosotros, te recomendamos cambiar tu contraseña.

Ya tengo contador, ¿cómo me cambio con ustedes?

Revisamos tu situación actual en el SAT (declaraciones presentadas, opinión de cumplimiento y buzón tributario) antes de empezar, para saber de dónde partimos. Si encontramos pendientes, te lo decimos por escrito. No necesitas pedirle nada a tu contador anterior, aunque sus papeles de trabajo nos ayudan si los tienes.

¿Cuándo vence la declaración mensual?

Los pagos provisionales de ISR y el pago mensual de IVA vencen el día 17 del mes siguiente al que declaras. Por ejemplo, lo de octubre se presenta a más tardar el 17 de noviembre. Si el 17 es inhábil, se recorre al siguiente día hábil.

Si no tuve ingresos en el mes, ¿debo presentar declaración?

Sí, si tienes obligaciones activas. Se presenta una declaración en ceros o, en algunos casos, un aviso de que no hubo actividad. No presentarla cuenta como omisión, aunque no haya impuesto a pagar, y afecta tu opinión de cumplimiento.

Ponte al corriente este mes

Cuéntanos tu situación en dos minutos y recibe una propuesta con precio fijo mensual. Sin compromiso.

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