Alta en el SAT para personas físicas, en el régimen que te conviene

Darte de alta en el régimen equivocado es el error más caro al empezar. Analizamos tu actividad, te inscribimos con las obligaciones correctas, te guiamos en tu cita de e.firma y dejamos tu facturación configurada.

Qué incluye

Empieza bien: régimen correcto y facturación lista desde el primer día.

  • Análisis de actividad y elección del régimen fiscal
  • Inscripción al RFC o actualización de actividades y obligaciones
  • Preparación de tu cita de e.firma y lista de documentos
  • Generación de contraseña y habilitación del buzón tributario
  • Descarga de tu constancia de situación fiscal
  • Configuración de tu facturación y primera factura acompañada

RFC, contraseña y e.firma: qué es cada cosa

El RFC es tu clave como contribuyente. La contraseña (antes CIEC) te deja entrar al portal del SAT y presentar declaraciones. La e.firma es tu firma electrónica: con ella firmas trámites importantes, solicitas devoluciones grandes y emites facturas. La primera vez que la tramitas se hace de forma presencial en una oficina del SAT con cita.

Elegir régimen es la decisión clave

No es lo mismo darte de alta en RESICO, en actividad profesional, en arrendamiento o en el régimen de plataformas digitales. Cada uno tiene tasas, deducciones y obligaciones distintas, y cambiarte después no siempre es inmediato. Antes de inscribirte, comparamos con tus números esperados.

Buzón tributario

Es obligatorio habilitarlo: por ahí el SAT te notifica requerimientos y cartas invitación. Lo configuramos con tus medios de contacto para que nada se quede sin leer. Más en qué es el buzón tributario.

En la guía para sacar tu RFC y e.firma explicamos el paso a paso.

Casos de alta en el SAT, RFC y e.firma

2.1 %retención de ISR en lugar de 20 %

Conductor de apps que dejó de perder 20 % de retención

Conductor en dos plataformas de transporteEcatepec, Estado de México

Su retención bajó a la tasa reducida y quedó cumpliendo sin presentar declaraciones mensuales por esos ingresos.

Casos representativos: describen situaciones frecuentes de personas físicas y cómo las resolvemos. Las cifras son ilustrativas y se calcularon con las reglas fiscales vigentes; tu resultado depende de tus números.

Preguntas sobre alta en el SAT, RFC y e.firma

Todas las preguntas
¿Es seguro compartir mi contraseña del SAT?

Es la práctica habitual con un contador, y la contraseña solo permite consultar y presentar declaraciones. Nunca te pediremos tu e.firma para operaciones que no la requieran, y cuando la usamos es para un trámite específico que te explicamos antes. Tus datos se tratan conforme a nuestro aviso de privacidad. Si dejas de trabajar con nosotros, te recomendamos cambiar tu contraseña.

¿Puedo cambiarme de régimen en cualquier momento?

No siempre. Algunos cambios, como entrar al RESICO estando ya inscrito, solo se permiten en fechas específicas (normalmente en enero) mediante un aviso de actualización. Otros cambios se hacen al iniciar una nueva actividad. Antes de mover tu régimen revisamos fechas y consecuencias.

¿Puedo sacar mi RFC en línea?

Sí. Con tu CURP puedes inscribirte en el RFC desde el portal del SAT. Para obtener tu e.firma por primera vez sí necesitas acudir a una oficina del SAT con cita, identificación oficial vigente, una memoria USB y un correo electrónico personal.

¿Cómo obtengo mi constancia de situación fiscal?

Se descarga del portal del SAT con tu RFC y contraseña o con tu e.firma, y también desde la app SAT Móvil. Si no tienes contraseña, puedes generarla con tu e.firma. Te la enviamos siempre que la necesites si eres cliente.

¿Es obligatorio habilitar el buzón tributario?

Sí. Toda persona inscrita en el RFC debe habilitarlo y registrar sus medios de contacto. Por ahí el SAT envía notificaciones, requerimientos y cartas invitación. No habilitarlo puede generar una multa, y en RESICO tenerlo activo es uno de los requisitos del régimen.

Mi e.firma venció, ¿qué hago?

La e.firma tiene vigencia de cuatro años. Si aún está vigente puedes renovarla en línea; si ya venció, en muchos casos se puede renovar por internet dentro del año siguiente a su vencimiento, y si pasó más tiempo debes renovarla en una oficina del SAT con cita. Te indicamos la vía que te corresponde.

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