Deducción ciega o gastos reales
Tienes dos formas de restar gastos a tus rentas. La deducción ciega te permite deducir el 35 % de lo que cobras sin comprobar nada, más el predial. Con deducciones reales restas mantenimiento, impermeabilización, seguros, intereses de crédito hipotecario del inmueble y depreciación de la construcción, todo con factura. Calculamos ambas y aplicamos la que te deje pagar menos.
Mensual o trimestral
Si tus rentas no rebasan 10 veces la UMA mensual, puedes presentar pagos trimestrales en lugar de mensuales. También es posible tributar el arrendamiento en RESICO cuando tus ingresos totales no superan 3.5 millones de pesos.
IVA: depende del tipo de inmueble
La renta de casa habitación está exenta de IVA. Locales, oficinas, bodegas y consultorios causan 16 %. Si tu inquilino es empresa, te retendrá el 10 % de ISR y dos terceras partes del IVA, que se acreditan en tu declaración.
¿Rentas por días en Airbnb u otra plataforma? Eso se trata como hospedaje en plataformas digitales, con reglas distintas.