RESICO cobra de 1 % a 2.5 % sobre ingresos sin restar gastos; honorarios aplica la tarifa progresiva sobre la utilidad (ingresos menos gastos). Con pocos gastos suele ganar RESICO; con gastos altos o deducciones personales importantes puede ganar honorarios.
Dos formas de calcular el mismo ingreso
En RESICO pagas una tasa fija baja sobre lo que cobras. No importa cuánto gastes.
En actividad profesional (honorarios) restas tus gastos deducibles a tus ingresos y a esa utilidad le aplicas la tarifa progresiva del ISR, que puede llegar a 35 %. Además, en la anual puedes aplicar deducciones personales.
Un ejemplo sencillo
Una diseñadora cobra 50 mil pesos al mes (600 mil al año) y sus gastos deducibles son de 8 mil pesos al mes.
| Concepto | RESICO | Honorarios |
|---|---|---|
| Ingresos anuales | $600,000 | $600,000 |
| Gastos deducibles | No aplica | $96,000 |
| Base del impuesto | $600,000 | $504,000 |
| Forma de cálculo | 1.1 % mensual | Tarifa progresiva anual |
| ISR aproximado del año | ≈ $6,600 | Muy superior: decenas de miles de pesos |
Con pocos gastos, la diferencia a favor de RESICO es enorme. Las cifras son ilustrativas: el cálculo real depende de tus retenciones y deducciones.
Cuándo puede convenir honorarios
- Tus gastos deducibles son muy altos respecto a tus ingresos (equipo caro, renta de local, personal).
- Superas o superarás 3.5 millones de ingresos anuales.
- Eres socio de una empresa o tienes partes relacionadas (no puedes estar en RESICO).
- Tienes pérdidas que quieres amortizar.
Lo que no cambia
En ambos regímenes cobras IVA igual, emites facturas, presentas declaración mensual el día 17 y anual en abril. Si le facturas a empresas, te retienen ISR en ambos (1.25 % en RESICO, 10 % en honorarios).
Cómo decidir
Junta tus ingresos y gastos de los últimos 12 meses y haz los dos cálculos. Recuerda que cambiarte de régimen tiene fechas. Si quieres que lo hagamos con tus números, agenda una asesoría fiscal.
Escrito por el equipo contable de Frims Integral. Información general con base en las disposiciones fiscales vigentes en 2026; no sustituye una asesoría sobre tu caso particular.